Santiago González, economista y miembro de la Plataforma por la Justicia Fiscal.

En la actual discusión en el Parlamento Europeo (y los otros órganos, Comisión y Consejo) sobre el Marco Financiero Plurianual Europeo se siguen dando las directrices habituales por parte de determinados partidos y países:
– Que el presupuesto anual no supere un porcentaje máximo del PIB, alrededor del 1,27%, independientemente de los reembolsos de los créditos de Next Generation o de la inclusión de políticas que se consideren prioritarias (defensa). Su liquidación es menor, cerca del 1%.
-A partir de ahí, no hay propuestas relevantes de incrementar los recursos propios, fijados actualmente como una contribución porcentual de la Renta nacional de cada país miembro, del IVA, derechos de aduana y residuos de envases de plásticos, principalmente. Las discusiones están girando sobre la reducción del peso de las anteriores cuestiones y compensarlos, estableciendo ingresos en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE), que generaría ingresos procedentes de las emisiones de gases de efecto invernadero; el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC), que generaría ingresos procedentes de las emisiones implícitas de determinadas mercancías importadas en la UE; residuos electrónicos no recogidos, aplicando un tipo uniforme al peso a los residuos electrónicos (como ordenadores, teléfonos inteligentes, tabletas, televisores e impresoras) que no se recojan; un impuesto especial sobre el tabaco, basado en el tipo mínimo del impuesto especial aplicado por cada Estado miembro a los productos del tabaco; y un recurso corporativo para Europa (CORE), una contribución anual a tanto alzado de todas las empresas, excepto las pymes, que operen y vendan en la UE con un volumen de negocios anual neto de al menos 100 millones de euros.
-En estas circunstancias, por el lado de los gastos, hay tensiones sobre una potencial re-estructuración de los gastos europeos: sobre todo si un aumento sensible en defensa sería a costa de los Fondos de Cohesión y agrícolas.
La alternativa del ITF
Si aceptáramos que la devolución de la deuda europea (incluso una mutualización de parte de la que tienen los propios estados europeos) y la federalización de ciertas políticas de gasto prioritarias, manteniendo políticas de cohesión y redistribución, exigen una mejora de los recursos propios y/o una redistribución más equitativa de los actuales ingresos, podríamos explorar otras posibilidades.
En este sentido, es donde tendría lugar una mirada hacia la implantación europea del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (ITF), un gravamen sobre determinadas transacciones financieras, con un tipo reducido y que, por lo tanto, tiene una función antiespeculativa y que afectaría a propietarios de determinados activos financieros.
De hecho, existía una Propuesta de Directiva del Consejo para implementar una cooperación reforzada en el ámbito del impuesto sobre transacciones financieras que en el año 2013 reunía a diez Estados: Alemania, Austria, Bélgica, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia e Italia. Las discusiones en esa década se hacían al calor de la crisis financiera de los años anteriores y sus burbujas. Pero, el debate continúa y hay resoluciones del Parlamento Europeo como la P9_TA(2020)0305 que, basada en la propuesta original de la Comisión de 2011-2013 sobre la composición de la Base Imponible (transacciones de acciones, obligaciones, mercado de divisas, contratos financieros sobre activos financieros subyacentes…), tipo impositivo, etc., que recoge el cálculo de recaudación por este impuesto, 57.000 millones de euros al año, procedentes, generalmente, de capas sociales de mayores rentas, beneficiando la progresividad global de los ingresos propios de la UE y equivalente a los ingresos conjuntos de todas las nuevas partidas barajadas por la Comisión Europea. Aproximadamente el 30% del presupuesto anual.
Tras la disolución de esa cooperación reforzada, varios países, Francia, Italia y España incluyeron en sus sistemas fiscales un impuesto con la misma denominación y limitadas capacidades recaudatorias. Así, en España solo se grava la adquisición de acciones de empresas españolas que coticen y que tengan una capitalización superior a los 1.000 millones de euros, ahora unas 60 y, por ese motivo, se recaudó en España en 2025, 339 millones de euros.
Un impuesto europeo
La cuestión, ahora, es la oportunidad de incidir en las discusiones del marco plurianual de los presupuestos europeos e implementar un ITF a escala europea.
La recaudación sería un renglón de los ingresos de la UE, no un ingreso de cada país, evitando distorsiones normativas. De hecho, con la cuestión de conseguir fondos para la transición ecológica, Macron y hasta en ámbitos de la Comisión, ven que un ITF podría ser un instrumento adecuado para conseguir fondos nuevos con pequeños tipos que no afecten al mercado financiero.
La puesta en marcha de un impuesto europeo tendría, pues, ese elemento de identificación (y exigencia) con un proyecto europeo. La implantación de un impuesto europeo tendría un significado político y económico, más allá de lo simbólico, de la configuración de un proyecto europeo.